La Justicia no considera probados los delitos de falsedad documental y prevaricación, que el pasado mes de octubre sentaban al ex alcalde de Haría en el banquillo de los acusados. La Audiencia Provincial se ha pronunciado y ha absuelto tanto a Juan Ramírez como a los otros dos imputados procesados en el caso. Mientras la Justicia considera que los delitos imputados a Teresa Caba, secretaria del Ayuntamiento, han prescrito y, en cualquier caso, no "constituyen delito" porque actuó por "imprudencia", la Sala ha concluido que existen "dudas razonables" en la intención que tuvieron Juan Ramírez y Pedro Perdomo, propietario de la finca, al dar conformidad a la cláusula adicional que fue agregada con posterioridad al contrato inicial pactado en sesión plenaria para arrendar Villa Dolores.
Sin embargo, el Tribunal no considera que la firma de los contratos sea constitutiva de delito de falsedad, al no poderse comprobar "la conciencia y voluntad de los acusados de cambiar la realidad" con la inclusión de la cláusula, aunque sugiere que podría tratarse de un delito de prevaricación, en el caso de que se acreditase que la cláusula fue incluida de "forma arbitraria y perjudicial" sin los trámites legales pertinentes.
En cualquier caso, el Tribunal considera que se trata de una actuación irregular desde el punto de vista administrativo. Además, el contrato de cesión de uso de la finca, que fue pactado después de haberse realizado el de arrendamiento, estaría respaldado por la decisión que se tomó en otro pleno, celebrado en noviembre de 1995, en el que se acordó que el alcalde podría firmar cuantos documentos fueran necesarios para realizar la solicitud de la subvención con intención de crear una escuela taller en la finca de Villa Dolores.
En cuanto a otro de los delitos por el que se acusaba a Juan Ramírez de favorecer a Pedro Perdomo al redenominar como núcleo poblacional una parcela de suelo rústico situada en Tabayesco, la Sala ha concluido que se trata de un documento meramente informativo "que no altera el contenido del informe técnico", ni concede derechos al titular, por lo que absuelve al ex-alcalde.