La Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un promotor contra una sentencia de febrero de 2012, que le condenó a que indemnizara con 33.431 euros a una persona a la que le había vendido una casa con "desperfectos" en Tahíche.
Este proceso comenzó en marzo de 2008, cuando una persona compró una vivienda en este pueblo lanzaroteño y denunció a dos personas por los defectos que presentaba la misma. El Juzgado de Instrucción Número 3 de Arrecife absolvió a una de estas personas, pero condenó al promotor y también vendedor del inmueble a pagar al comprador las sumas de dinero que solicitaba, ya que consideró acreditados los daños en la vivienda.
El promotor interpuso un recurso de apelación frente a esta sentencia. Según el apelante, el demandante no acreditó la existencia y causa de los supuestos defectos en el inmueble ni quién era el responsable de ellos.
Sin embargo, la Audiencia ha rechazado sus argumentos. Con la demanda, se presentó un informe pericial a fin de evaluar los defectos o desperfectos de construcción de esta vivienda unifamiliar, ubicada en Tahíche. Las deficiencias "más relevantes" que fueron detectas por la perito en la vivienda se debían, en general, "a una inadecuada ejecución" de la misma y, en algunos casos, a que dicha ejecución no se correspondió "con lo especificado en el proyecto".
Informe pericial de los daños
Así, la sala considera acreditado que los daños en la vivienda afectan a un muro de la parcela, que presenta "grietas" que "se han ido acrecentando", según se detectó en las distintas visitas que realizó la perito; al aljibe; a la zona de aparcamiento y a la carpintería de aluminio exterior. En este último caso, la perito constató que la junta negra perimetral de los vidrios de la ventana fue realizada "de manera nefasta" y que el "90 por ciento de los encuentros en las esquinas están mal realizados". La cancela de entrada de los vehículos también cuenta con un anclaje que "a todas luces resulta ser insuficiente" y el portero automático no funciona "como tal".
Asimismo, el pavimento exterior "no realiza la evacuación de agua de manera adecuada" y el material es "del todo inadecuado", mientras que la cubierta de la vivienda es "intransitable" y hay humedades en la zona de la escalera y la cocina, "debidas a la filtración de agua de lluvia a través del bajante mal ejecutado". La perito también constató un resalte en la escalera interior de la casa, que no se contempló en el proyecto de la obra.
Por último y con respecto a la piscina del inmueble, la perito destacó la "deficiente colocación" de una tapa, que puede ocasionar lesiones en los pies. El demandante también tuvo que reparar un cuadro de filtración de dicha piscina.
Por ello, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de este promotor, al que le ha impuesto las costas causadas por el recurso, al considerar acreditados "los vicios o defectos existentes en la vivienda, el modo y valor de su reparación y la responsabilidad" del vendedor en la relación de los mismos. Por ello, confirma en su integridad la sentencia del Juzgado de Instrucción Número 3 de Arrecife. Contra la misma, podrá interponerse recurso de casación.