La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) ha vuelto a ordenar la suspensión de las obras de extracción de áridos (rofe) en la montaña de El Chupadero, en La Geria, que lleva años envuelta en la polémica. En su día, la asociación ecologista El Guincho denunció los trabajos que se estaban desarrollando en la zona y años después, concretamente en mayo de 2010, la Apmun llegó a ordenar el precinto de la montaña ante la existencia de ocho expedientes por extracción de rofe que se estaba llevando a cabo en este lugar.
Ahora, desde la Agencia no han querido confirmar a La Voz si se trata de la misma empresa, amparándose en la Ley de Protección de Datos, aunque lo cierto es que este nuevo expediente ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial. En esta ocasión, ni siquiera se impone una multa por la extracción de rofe. Sólo se ordena paralizar o "legalizar" estas obras, y se advierte que el incumplimiento podría acarrear consecuencias penales.
Tras el anterior precinto ordenado en 2010, lo cierto es que los trabajos continuaron. De hecho, un año después La Voz de Lanzarote volvió a visitar la montaña, y la empresa seguía trabajando con retroexcavadoras y camiones, mientras desde las instituciones guardaban silencio.
Este miércoles, el Boletín Oficial de Canarias (BOC) vuelve a publicar una orden de suspensión de obras en El Chupadero, así como "cualquier actuación que se realice sin contar con los preceptivos títulos habilitantes". La parcela afectada es la 205, polígono 6, y el "presunto autor responsable" en calidad de promotor es Desarrollo Agrícola Lanzarote, S.L. Además, se ordena también el precinto de las obras "y en su caso de la maquinaria y materiales afectos a aquella".
En el BOC se le advierte a la persona responsable de que el incumplimiento de esta orden de paralización de las obras dará lugar a "la retirada de la maquinaria y materiales, siendo de su cuenta los gastos que se ocasionen". Si persiste realizando estas actividades, se le impondrán hasta diez multas coercitivas sucesivas, "en cuantía del 5 por ciento del coste de las obras".
Además, en la resolución se advierte que si las obras siguen en marcha se pondrán estos hechos en conocimiento de la jurisdicción penal por ser presuntamente constitutivos de un delito tipificado en el Código Penal. "La inobservancia de la presente orden es constitutiva de una infracción muy grave, tipificada en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y sancionada con multa de 150.253,03 euros a 601.012,10 euros", se advierte en el BOC.
Legalización de las obras
La Apmun recuerda también que esta empresa puede instar a la legalización de sus obras, en caso de que sea posible, en el plazo de tres meses, mediante una solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística.
Aunque la resolución no incluye una sanción económica (sino sólo una advertencia de multa en caso de incumplimiento), el anuncio publicado en el Boletín también señala que si la empresa repusiera por sí misma la realidad física alterada de la montaña de El Chupadero, "tendrá derecho a la reducción de un 90 por ciento de la multa que se le haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del correspondiente procedimiento de recaudación, mediante el correspondiente pago".
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso ante el director ejecutivo de la Apmun, así como ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.
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