El pago de más de un cuarto de millón de euros que reclama el abogado Felipe Fernández Camero al Ayuntamiento de Arrecife por el pleito que perdió por el solar de Ginory está rodeado de "circunstancias irregulares" -tanto por parte del letrado como dentro del propio Consistorio-, que podrían causar un "grave perjuicio" a la administración. Así lo refleja el acta de la Junta de Gobierno celebrada el pasado 7 de junio, en la que la entonces alcaldesa, Eva de Anta, detalló esas irregularidades. Y una de ellas es que ni siquiera se le dio traslado de esa reclamación de cantidad hasta que se hizo firme ?sin que se haya esclarecido por qué o quién fue el responsable-, y por tanto no la pudo impugnar ni presentar alegaciones.
"De haber tenido conocimiento esta Alcaldía de la existencia de la reclamación judicial de honorarios referida habría ordenado impugnar la misma por resultar manifiestamente improcedente y absolutamente desproporcionada la cantidad reclamada", señaló la alcaldesa en esa Junta de Gobierno, en la que se acordó pedir un informe a Intervención y otro a Secretaría del Ayuntamiento.
Con esos informes pretendían aclarar si la cantidad reclamada por el letrado era legal, dado que se le asignó ese pleito en el año 2011 con un contrato menor, a través de un decreto firmado por el entonces alcalde, Cándido Reguera. Y aunque en ese decreto de adjudicación directa no se especificaban los honorarios que recibiría Camero, los contratos menores implican que el importe no podía superar los 18.000 euros. Sin embargo, el abogado y ex secretario de Arrecife ?que fue inhabilitado y apartado de este cargo y actualmente está a la espera de juicio por malversación- reclama ahora al Consistorio 277.523 euros más intereses.
"Indefensión" del Ayuntamiento
Además, esa Junta de Gobierno celebrada unos días antes de disolverse la anterior Corporación también aprobó que esos informes se pronunciaran sobre los pasos que podía dar el Ayuntamiento para "evitar la causación del grave perjuicio económico", máxime tras la "indefensión padecida" al no haber podido fiscalizar esa factura ni tampoco presentar alegaciones en el Juzgado.
El motivo de esa "indefensión", según se puso de relieve en la Junta, parte de la primera "irregularidad" en la que incurrió Felipe Fernández Camero, que ni siquiera llegó a presentar la factura en el Ayuntamiento, sino que acudió directamente al Juzgado donde se había dirimido el pleito de Ginory. Ésta es una opción que tienen los abogados cuando sus clientes no les abonan sus honorarios, pero en este caso no se habría cumplido el requisito básico previo, que es hacer primero esa reclamación ante el propio cliente.
De esta forma, al acudir directamente al Juzgado sin haber presentado antes la factura en el Ayuntamiento, ésta no pudo ser fiscalizada por la Intervención municipal. Así, se saltó un requisito previo y obligado para el pago a cualquier proveedor, que en este caso podría haber frenado el pago, dada la cuantía de la factura, que no se corresponde con lo que la ley permite abonar por un contrato menor.
La factura ni siquiera está a su nombre
Al dirigirse al Juzgado, Fernández Camero sí presentó una factura, pero sin sello del registro de entrada del Ayuntamiento, lo que confirmaría que no la había entregado antes al Consistorio. Y en su escrito tampoco hizo referencia a las fechas en las que según él habría reclamado este pago a la institución ni tampoco al supuesto tiempo que llevaba sin atenderse su petición.
Además, esa factura tampoco estaba a su nombre sino a nombre de su empresa, Adelfas 24 S.L., lo que supondría otra irregularidad más, ya que el contrato menor se le adjudicó a Felipe Fernández Camero como persona física, por lo que no puede reclamar un pago una entidad jurídica con la que el Consistorio no tiene vínculo alguno.
Tras recibir esta reclamación, lo que hizo el Juzgado fue dirigirse al Ayuntamiento dándole diez días de plazo para que efectuara el pago o lo impugnara si lo estimaba preciso. Esa diligencia de ordenación estaba fechada el 14 de noviembre de 2018 y más de dos meses después, el 28 de enero, el mismo Juzgado emitió otra diligencia recordando que había finalizado el plazo. Aún así, le daba un día más al Ayuntamiento para impugnar esa factura y, en caso contrario, advertía que tendría por "caducado el derecho y por perdido el trámite que ha dejado de utilizar", pasando así a ser firme esa reclamación de cantidad.
Sin embargo, pese a que sí llegaron al Ayuntamiento, ni la primera diligencia del Juzgado ni la segunda fueron entregadas a la entonces alcaldesa, según advirtió ella misma en esa Junta de Gobierno. Una semana después, Eva de Anta dejó la Alcaldía de Arrecife y no consta si se llegaron a emitir esos informes para esclarecer lo ocurrido y determinar los posibles pasos a seguir por el Ayuntamiento. De hecho, los únicos documentos posteriores a los que ha podido tener acceso La Voz se centran solo en la forma en la que afrontar ese pago, dado que no cuenta con partida presupuestaria.