El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sentenciado este jueves que los zoológicos de Canarias incumplen la directiva europea relativa al mantenimiento de animales salvajes en parques zoológicos, al no haber adoptado dentro del plazo establecido todas las medidas necesarias en materia de inspección, autorización y, en su caso, cierre de dichos establecimientos.
Junto a los de Canarias, el TUE ha dictaminado también contra España a causa de la vulneración de dicha directiva de los parques zoológicos situados en Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura y Galicia, haciéndose eco de la denuncia presentada en su seno por la Comisión Europea en agosto de 2009.
Entonces, la Comisión alertó al Tribunal, con sede en Luxemburgo, de que no se había tramitado autorización alguna respecto de los parques zoológicos en cuestión, de modo que las autoridades competentes permitían la actividad de zoos que no contaban con ningún permiso, sin aplicar las medidas de cierre previstas en tales circunstancias.
En otros casos, la autorización se obtuvo sin que se hubiera efectuado una inspección previa y por ello "no puede entenderse que dispongan de una autorización válida, conforme a lo dispuesto en la directiva".
Tampoco "se están aplicando las medidas de cierre" de los parques que no cumplen las condiciones y se dan casos en los que "se ha llevado a cabo una inspección, pero aún no se ha concedido la correspondiente autorización", se indica en la denuncia de Bruselas.
La directiva en cuestión (1999/22/CE) entró en vigor el 9 de abril de 1999. A partir de entonces se abrió un plazo de cuatro años para que cada zoológico contara con una autorización válida o, en el caso de parques de nueva creación, antes de su apertura al público. Por lo tanto, los zoos existentes debían poseer con una autorización válida a más tardar el 9 de abril de 2003, requisito del que todavía hoy carecen.
ACN Press