El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado el presupuesto del Cabildo del año 2013, estimando así íntegramente el recurso que presentó en su momento el Ayuntamiento de Haría. La sentencia, fechada el pasado 27 de octubre, vuelve a dar la razón al Consistorio norteño, que recurrió esas cuentas porque no contemplaban la deuda del canon de los Centros Turísticos.
Esta sentencia se suma a la dictada el pasado mes de marzo por esta misma Sala del TSJC, que anuló también el presupuesto de la Corporación insular del año 2010. "El Cabildo estaba obligado a incluir la correspondiente partida de gasto en sus presupuestos, o en el presupuesto de la entidad pública empresarial (la EPEL de los Centros) que se integra en el presupuesto general, sin que sobre esta cuestión sea posible admitir cualquier margen de discrecionalidad", concluye la sentencia.
"No es posible la opción de atender o desatender en el año sus obligaciones jurídicas", subraya la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC. Al respecto, explica que ése precisamente es uno de los motivos que están previstos para impugnar un presupuesto, es decir, "la omisión del crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad".
"La discrecionalidad no puede desplazar las obligaciones"
Insistiendo en esta idea, la sentencia explica que el "margen de decisión política" y la "discrecionalidad" a la hora de elaborar un presupuesto "no puede desplazar a las obligaciones impuestas por la normativa presupuestaria y, en particular, la de reconocer el gasto de las obligaciones jurídicamente exigibles". Además, recuerda también la sentencia que dictó en marzo sobre el presupuesto de 2010, en la que cuestionaba la estrategia de defensa del Cabildo en este pleito. "No se comprende que en los primeros apartados de contestación a la demanda", señalaba aquella sentencia, se señale que "corresponde al Ayuntamiento determinar el título legítimo que invoca, cuando dicho título es reconocido por el propio Cabildo", que incluso en el procedimiento aportó una certificación de los pagos parciales del canon.
La nueva sentencia dictada ahora por el TSJC impone además al Cabildo el pago de las costas en este procedimiento, que se suma a los otros que ya ha perdido frente al Ayuntamiento de Haría, todos ellos interpuestos bajo el mandato del anterior alcalde, José Torres Stinga.
En cuanto al alcance de la sentencia, lo que se anula es el acuerdo plenario por el que se aprobó ese presupuesto, en febrero de 2013, cuando el actual alcalde de Haría, Marci Acuña, formaba parte del grupo de gobierno del Cabildo. Además, el fallo ordena a la Corporación insular que "consigne en su presupuesto propio el importe de las cantidades adeudadas en 2013 al Ayuntamiento de Haría". No obstante, dado que lo anulado son las cuentas de hace tres años, y que actualmente el Cabildo ya ha saldado la deuda del canon, en principio el fallo no tendrá efectos prácticos, más allá de la advertencia que supone para futuros ejercicios.