La Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias ha iniciado el procedimiento para suspender, por la vía de urgencia, la vigencia del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote, aprobado en 2001 y pendiente de renovación desde hace siete años. El motivo es evitar posibles sanciones europeas, ya que se ha abierto un procedimiento sancionador contra España por el incumplimiento de la Directiva aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo en el año 2000.
Ante el incumplimiento de los plazos para adaptar el Plan Hidrológico Insular a esa Directiva, el Gobierno ha optado ahora por suspender la vigencia del artículo 2 del documento que sigue en vigor, así como de todas las "determinaciones que pudieran contravenir" la normativa europea aprobada hace 15 años.
La decisión de la Consejería de Política Territorial, adoptada a su vez a petición de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, se basa en el artículo 47 de la Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, que permite suspender la vigencia de cualquier instrumento de ordenación "para su revisión o modificación, en todo o parte", estableciendo mientras tanto unas "normas sustantivas de ordenación aplicables transitoriamente, en sustitución de las suspendidas".
Un retraso de siete años
En la resolución publicada este martes por el Gobierno canario, se reconoce el retraso en la aprobación del nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote (el anterior, que es el que sigue en vigor, tenía su horizonte puesto en 2008, por lo que su revisión lleva ya siete años de retraso).
Al respecto, recuerda "el Avance de la Revisión del Plan Hidrológico, así como su informe de sostenibilidad ambiental, se tomó en consideración en sesión ordinaria celebrada el 14 de abril de 2011, por la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote". Sin embargo, no fue hasta marzo de este año 2015 cuando la Cotmac aprobó la memoria ambiental de este documento, "habiendo transcurrido" en medio "más de 43 meses sin que se haya culminado el proceso, superándose los 18 meses previstos" por la normativa para contar con la aprobación definitiva. Además, la Cotmac ha realizado distintas "observaciones" y en 2014 ya puso condicionantes para la aprobación del informe de sostenibilidad, que debían ser subsanados.
Ante esta situación, la Consejería defiende la necesidad de adoptar medidas con "urgencia", "dada la necesidad imperiosa de evitar la previsible sanción a la que daría lugar el incumplimiento de la Directiva 2000/60/CE, así como de necesidad de establecer una ordenación de los recursos hídricos acorde con lo la mencionada directiva".
Respuesta "inmediata" o "sanciones a la administración competente"
El "incumplimiento" de esos plazos, según ha hecho público este martes el Gobierno canario, "ha dado lugar a un procedimiento sancionador a España, existiendo la posibilidad de que si en un plazo inmediato no se da cumplimiento a lo estipulado respecto a la aprobación de los planes, se podrán imponer sanciones que repercutirán sobre el estado miembro que haya incumplido, y en nuestro caso sobre la administración competente".
Por eso, sostiene que la situación obliga a una "premura de plazos", que no se podrían cumplir si simplemente se continúa con la aprobación definitiva del Plan que se elaboró hace años (y que volvió a salir el pasado verano a exposición pública), debido al "tiempo que se necesitaría para finalizar la tramitación".
Además, el Gobierno justifica esta decisión en el "concepto de interés público". "El contar con una ordenación de la demarcación hidrográfica adaptada al marco comunitario, que contribuye de manera apreciable a la conservación de las masas de agua en un territorio tan sensible como es el archipiélago, y dar cumplimiento en plazo a lo preceptuado en la Directiva 2000/60/CE, responden de manera clara a ese concepto", sostiene la resolución, adoptada cuando se han cumplido ya siete años de retraso en la adaptación de este documento.
Tras el inicio del trámite para suspender la vigencia del Plan Hidrológico Insular, al menos en parte de su contenido, se abre ahora un plazo de 10 días para dar audiencia a los ayuntamientos de la isla, al Cabildo de Lanzarote, al Consejo Insular de Aguas y a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. Además, el expediente deberá estar 20 días a exposición pública, y podrá consultarse tanto en la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias como en el Cabildo Insular de Lanzarote, a quien ya se le había remitido una copia de este expediente antes de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial.