Política

Arrecife delega en la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural sus competencias en materia de suelo rústico

El director de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN), Pedro Pacheco, y el alcalde del Ayuntamiento de Arrecife, Enrique Pérez Parrilla, suscribieron recientemente un convenio de adhesión de la ...

Arrecife delega en la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural sus competencias en materia de suelo rústico

El director de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN), Pedro Pacheco, y el alcalde del Ayuntamiento de Arrecife, Enrique Pérez Parrilla, suscribieron recientemente un convenio de adhesión de la corporación municipal a la APMUN, en virtud del cual el municipio conejero delega en el organismo público, durante un periodo de cuatro años, las competencias de inspección, supervisión, sanción y restablecimiento por infracciones de las normas municipales y de la ordenación urbanística en materia de suelo rústico, comprometiéndose a colaborar con los órganos y personal al servicio de la agencia.

El convenio, que entra hoy en vigor, establece que el Ayuntamiento de Arrecife se incorpora y adhiere como miembro de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, asumiendo los derechos y obligaciones que de ello se deriven.

También se acuerda que los expedientes abiertos, que se encuentren en trámite a la firma y entrada en vigor del convenio, los tramitará el Ayuntamiento. No obstante, la corporación municipal podrá pedir a la Agencia que, por sustitución, asuma su tramitación. La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural llevará a cabo, también por sustitución, la ejecución material y forzosa de las órdenes de restablecimiento de la realidad física alterada, dictadas dentro de expedientes municipales por infracciones urbanísticas, cuando así lo solicite la corporación municipal.

El Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias establece que la APMUN es un organismo público de naturaleza consorcial, para el desarrollo común por la administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y las administraciones insulares y municipales consorciadas, de la actividad de inspección y sanción en materia medioambiental y de ordenación de los recursos naturales, territoriales y urbanísticos, así como la asistencia a dichas administraciones en tales materias y el desempeño de las que le encomiende el texto o le sean expresamente atribuidas.