Política

Tías aprueba bonificar el 95% del IBI de las explotaciones agrícolas comunitarias del municipio

Según Tomás Silvera, concejal de Hacienda, "la propuesta aprobada también afecta a los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar"

Tomás Silvero, concejal de Hacienda de Tías

El Ayuntamiento de Tías ha aprobado en sesión plenaria ordinaria la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que incluye, entre otros puntos, la bonificación del 95% de la cuota del impuesto de las explotaciones agrícolas del municipio.

Según este punto, “tendrán derecho a una bonificación del 95% de la cuota íntegra del impuesto, los bienes rústicos de las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas”.

El concejal de Hacienda del Ayuntamiento, Tomás Silvera, confirmó en su intervención plenaria "el compromiso del grupo de gobierno con el sector primario y con la diversificación económica del término municipal llevando a cabo medidas fiscales como el establecimiento de cuantiosas bonificaciones".

“Estamos con el sector primario y lo demostramos con acciones concretas que tienen beneficios directos. Valoramos el esfuerzo de todas aquellas personas que se dedican a las explotaciones agrícolas y respaldamos la dinamización del mundo rural facilitando que las personas puedan tener nuevas oportunidades”, declaró Silvera.

 

Placas solares

El responsable de Hacienda añadió que "la propuesta aprobada de modificación puntual de la ordenanza fiscal reguladora del IBI también afecta a los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, siempre que se cumplan determinaciones como el uso residencial del inmueble".

En cuanto al aprovechamiento solar térmico, los sujetos pasivos titulares de inmuebles de uso residencial con estos sistemas tendrán una bonificación del 20% de la cuota íntegra del impuesto.

Con relación al aprovechamiento eléctrico de la energía solar para el autoconsumo, la bonificación será del 30% de la cuota íntegra del impuesto. Y aquellos que cuenten con categoría A de certificación de eficiencia energética tendrán una bonificación del 50%